7 mar 2013

Descarga disponible en PDF - Estatutos del CEB Ledo del Pozo, 2005, 16 pp.




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Artículo 1.
1.- Al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y con el nombre de Asociación Centro de Estudios Benaventanos "'Ledo del Pozo", se constituyó en Benavente esta Asociación, cuya reglamentación vendrá determinada por los presentes Estatutos, según el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y los acuerdos adoptados por su Asamblea General y Órganos Directivos dentro de la esfera de la respectiva competencia. En lo no previsto en los mismos se someterá a lo establecido por la citada Ley Orgánica 1/2002 y la normativa que la desarrolle. Esta Asociación Centro de Estudios Benaventanos «Ledo del Pozo» tendrá, con arreglo a las leyes, capacidad jurídica propia, careciendo de ánimo de lucro.
2.- La Asociación Centro de Estudios Benaventanos "Ledo del Pozo" está integrado en la Confederación Española de Centros de Estudios Locales (CECEL) y, por lo tanto, en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

Artículo 2: Fines y Actividades
1.- Son fines de esta Asociación:
1. La Asociación Centro de Estudios Benaventanos "Ledo del Pozo" tendrá como misión específica investigar, estudiar, promover, divulgar y difundir los valores históricos, artísticos, científicos y culturales de todo orden relativos a temas de Benavente y su comarca.
2. La Asociación Centro de Estudios Benaventanos "Ledo del Pozo" publicará periódicamente (a poder ser, cuando menos, uno cada año) una revista de carácter científico, así como otros trabajos e investigaciones de carácter monográfico referentes al ámbito de influencia de Benavente.
3. Las publicaciones que realice el Centro contarán con el asesoramiento de un Consejo de Redacción formado por un equipo de especialistas en diversas materias y que será nombrado en el momento oportuno por la propia Junta Directiva.
4. Para la realización de los fines propuestos el Centro podrá constituir las secciones que se consideren oportunas, tales como: Historia y Arte, Ciencias, Publicaciones, etc.
5. Cada una de las secciones que se constituyan contará con un coordinador propuesto por la Junta Directiva.
6. Los coordinadores de las distintas secciones podrán formar parte de los órganos de la Dirección del Centro.
2.- Las actividades que realizará la Asociación Centro de Estudios Benaventanos «Ledo del Pozo» para el cumplimiento de sus fines serán:
a. La prestación de nuevos servicios culturales, así como la promoción y potenciación de los ya existentes.
b. Cualquier otra actividad lícita que acuerde emprender la Asamblea General.

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